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En Doctor Seguros, entendemos que la confianza y transparencia son fundamentales al momento de escoger un corredor.

Queremos ser tu amigo, tu socio y deseamos proteger lo que más valoras en la vida.

Nuestro alto compromiso y equipo certificado nos respalda, lo que nos permite simplificar el proceso de selección de los seguros, para así, garantizar un producto de calidad y a la medida para cada uno de quienes nos prefieren.

Deja la salud de tus seguros en nuestras manos.

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    Es una persona natural o jurídica que actúa como intermediario entre el cliente, y varias compañías de seguros, sin estar vinculado exclusivamente con ninguna de ellas, lo que le permite entregar una asesoría imparcial e integral en la búsqueda de las mejores condiciones para cada uno de sus clientes.
    El Corredor de Seguros trabaja para conseguir las ofertas que mejor se adapten a las necesidades de cada cliente, gestionando la contratación, asistiendo y ayudando en todos los trámites y gestiones posteriores; especialmente asesorando al cliente en caso de producirse un siniestro.
    Existen dos canales: Directamente con agentes de venta en las compañías aseguradoras; o, por intermedio de corredores de seguros, debidamente registrados y autorizados por la CMF.
    El contratante, podrá renunciar al seguro en cualquier momento, incluso en plena vigencia de éste.
    Es importante realizar dicha manifestación frente al Corredor de seguros o directamente con la Compañía, de forma presencial, telefónica o por escrito.
    Es un contrato en el que el asegurado transfiere a una Compañía Aseguradora los riesgos de un posible siniestro de su vehículo. Este contrato se hace a cambio del pago de una prima que se estipula en UF (monto de dinero).
    Corresponde al monto de dinero pactado en UF, asumido por el contratante y estipulado en la póliza.  Este debe ser pagado en caso de que el vehículo sufra algún siniestro y se deba hacer uso del seguro.
    Es un tipo de cobertura que incluyen algunos seguros de vehículos.
    Consiste en que la aseguradora adquiere la responsabilidad de indemnizar o reparar perjuicios a otras personas, a raíz de un siniestro.
    Individualizar al tercero involucrado con nombre, RUT, dirección, teléfono, patente, marca, modelo y color del vehículo.  Si es posible aportar testigos presenciales.

    Preguntar al tercero por la existencia de algún seguro por su parte, y el nombre de la Compañía.

    Consultar en tu póliza o con tu corredor si tienes deducible inteligente y si corresponde según el caso.
    El deducible inteligente, exime del pago del deducible estipulado en el contrato si es que tienes un accidente, donde existe un tercero claramente identificado y culpable, entendiéndose por accidente que:

    -El tercero se declara culpable.
    -El tercero no respeta un signo pare.
    -El tercero no respeta un signo ceda el paso.
    -El vehículo choca por atrás al vehículo asegurado.

    Es obligatorio identificar del tercero, como también que las situaciones descritas en el punto anterior, queden claramente especificadas en el parte policial y en el denuncio ante la compañía. Cuando no se den estas condiciones, se aplicará el deducible voluntario estipulado.
    Debes comunicarte con tu corredor, o de forma directa con la compañía al número de asistencia.
    Según lo contratado en tu seguro y si tu auto está en el taller, puedes solicitar un vehículo de reemplazo. Es importante recordar que este tiene un costo diario, el cual se te informará al momento de solicitarlo vía telefónica y que puedes confirmar en las condiciones de la póliza o directamente con tu corredor de seguros.
    Si no hay lesionados: En caso de accidente se debe presentar ante la compañía una Declaración Jurada Simple.

    Debes dar aviso del siniestro a tu Compañía durante los primeros 10 días ocurrido el siniestro.

    En caso de haber terceros involucrados toma los siguientes datos: nombre, RUT, teléfono, marca, modelo, patente.

    Si hay lesionados: En caso de un siniestro con lesionados es necesario presentar una copia de la respectiva denuncia realizada en Carabineros.
    En caso del robo del vehículo asegurado, se debe realizar inmediatamente la denuncia en la unidad más cercana de Carabineros y entregar la mayor cantidad de datos posibles del hecho ocurrido.

    También Informar inmediatamente ocurridos los hechos, directamente a tu corredor o la Compañía de Seguros donde recibirás más orientación en caso de siniestro.
    Es un seguro que te permite asegurar la estructura de un inmueble y/o los contenidos o muebles de tu vivienda contra incendio, sismo y robo dependiendo de lo contratado, donde la aseguradora asume este riesgo ante cualquiera de estas catástrofes a cambio de un valor.
    Para contratar un seguro hogar se debe cumplir con algunas condiciones:

    1. La vivienda debe ser de uso exclusivamente habitacional.

    2. Riesgo urbano. Las viviendas serán consideradas urbanas, cuando se encuentren ubicadas no más allá de 5 Km o 15 Km de un equipo de bomberos, dependiendo del tipo de seguro que se quiera contratar.

    3. Viviendas que no contemplen edificación parcial o total de adobe o tabiquería de adobillo.

    4. Viviendas que no permanezcan deshabitadas por más de 30 días consecutivos.
    Incendio, disturbios o desordenes populares, riesgos de la naturaleza (inundación, salidas de mar, desbordamiento de cauces), daños por rotura de cañerías, daños físicos causados por vehículos motorizados, explosiones, aeronaves y edificios vecinos, rotura de cristales, responsabilidad civil y más.

    Adicionalmente dependiendo del plan contratado, puedes contar con coberturas frente a robo y/o sismo.
    Para contratar cobertura para robo, la vivienda deberá contar con chapa de seguridad en todas las puertas de acceso y al menos una o dos (dependiendo de la aseguradora) con las siguientes medidas de seguridad:

    1. Tener rejas de protección en todas las puertas de cristal y en todas las ventanas. (Si la vivienda no se encuentra en la Región Metropolitana o V Región, puede asegurarse sin protecciones en las ventanas de segundos pisos).

    2. Tener alarma conectada a una central y operativa en el momento del robo.

    3. Estar situada en edificio o condominio, en ambos casos con vigilancia permanente.

    4. Debe ser departamento en tercer piso o superior. Departamentos en primer y segundo piso, necesitan mismas condiciones que para casa habitación.

    Si el inmueble no cumple con estas medidas de seguridad, se aplicará un deducible de UF 20 o 40 UF (dependiendo de la compañía con la cual se mantiene el seguro) en toda y cada pérdida.
    Los seguros de hogar cuentan con asistencia domiciliaria de urgencia que contempla cerrajería, plomería, electricidad y vidriería, las cuales se pueden solicitar hasta 3 veces por año.

    Además de esas asistencias, algunos seguros hogar cuentan con servicio de mudanza en caso de siniestro, servicio de compra nocturna de medicamentos, servicio de custodia de los bienes en caso de siniestro, servicio de alojamiento, entre otros.
    Es el valor en UF por el cual se asegura la estructura y sin considerar terreno, o contenido de la vivienda, y que no necesariamente es el valor comercial.

    Existiendo un crédito hipotecario de por medio es la entidad crediticia quién determina el monto a asegurar. Y cuando no, es el cliente quien determina el monto ya sea para estructura y/o el contenido.

    Normalmente en las propiedades sin créditos hipotecarios el monto a asegurar para departamentos es el valor comercial y para las casas el valor reconstrucción.

    Siempre se debe tener presente no caer en infraseguro.
    Situación que se origina cuando el valor que el asegurado o contratante atribuye al objeto garantizado en una póliza es inferior al que realmente tiene.
    La principal consecuencia del infraseguro sobre cualquier bien asegurado es que la indemnización recibida tras un siniestro será, probablemente, inferior a lo esperado.
    El SOAP es un seguro exigido por la Ley N° 18.490. Debe ser contratado por todos los propietarios de vehículos motorizados y carros de arrastre para la renovación del permiso de circulación. Protege a las personas involucradas en un accidente de tránsito en el que participe el vehículo asegurado.
    El SOAP cubre en caso de muerte, incapacidad permanente parcial o total y los gastos médicos producto del accidente.
    Puedes comprar tu SOAP 2023, fácil, rápido y en simples pasos en Doctor Seguros.
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    El SOAP es requisito para tu permiso de circulación. Por lo que debes comprarlo entre el 1 de enero y 31 de marzo de cada año, plazo en que se realiza dicho trámite.
    No podrás contar con ningún tipo de cobertura en caso de accidente y además el propietario del vehículo no podrá renovar su permiso de circulación. También se expone a multas e incluso el retiro del vehículo. El certificado del SOAP debe ser portado impreso y en todo momento, puesto que puede ser solicitado al momento de un control policial.
    Concurrir a un centro asistencial y mencionar que las lesiones se producto de en un accidente de tránsito. Presentar la denuncia o constancia del accidente en alguna unidad policial e informar a la compañía aseguradora de lo ocurrido.
    Se debe presentar directamente a la aseguradora la documentación que acredite el fallecimiento, los gastos médicos en que se incurra, certificados de incapacidad y/o la constancia del accidente emitida desde Fiscalía o juzgado de policía local según corresponda.
    Se debe presentar también una copia de la póliza y una copia de la cédula de identidad de cada involucrado.
    Luego de la revisión de los documentos y constatado lo ocurrido, la aseguradora tiene un plazo de 10 días para efectuar el pago, los que pueden extenderse hasta un máximo de 30 días.
    Son beneficiarios el conductor y los terceros involucrados en el accidente. En caso de muerte, pasan a ser beneficiarios los cónyuges, hijos menores de edad, hijos mayores de edad, padres del asegurado, o madre de los hijos no matrimoniales del fallecido. De no existir dichas personas, la indemnización será cancelada a quien pueda confirmar su carácter de heredero.
    Un seguro de vida es un contrato entre una persona y una compañía de seguros que proporciona una compensación monetaria a los beneficiarios designados en caso de fallecimiento del asegurado. El objetivo principal de un seguro de vida es proporcionar seguridad financiera a los seres queridos del asegurado después de su muerte. Los seguros de vida también pueden proporcionar beneficios adicionales, como ahorros y protección contra enfermedades graves.
    Todos nuestros seguros cuentan con un requisito de edad mínima y máxima para el ingreso, lo que va a depender del producto y plan contratado. Adicionalmente, se podrá incorporar como requisitos que el asegurado complete una Declaración Persona de Salud (DPS), lo que estará claramente indicado en la propuesta.
    Las principales coberturas que tenemos para nuestros clientes son:

    Vida: cubre en caso de fallecimiento natural o accidental del asegurado.

    Accidentes Personales: cubre sólo en caso de fallecimiento accidental.

    Invalidez Total y Permanente: cubre en caso de invalidez total y permanente de al menos 2/3 de su capacidad laboral en caso de accidente y/o enfermedad.

    Fallecimiento Natural: cubre sólo en caso de fallecimiento natural del asegurado.

    Invalidez Accidental (Desmembramiento): cubre en caso de tener lesiones que provoquen la pérdida de alguna parte del cuerpo.

    Los productos que ofrecemos pueden contener una o más estas coberturas, así como distintos montos asegurados dependiendo del producto y plan contratado.
    Los seguros de vida pueden ser cobrados por el asegurado o los beneficiarios designados el en el momento de la contratación.

    Si al momento del fallecimiento del asegurado no existen beneficiarios designados, el seguro puede ser cobrado por los herederos legales.
    El territorio incluido en la cobertura dependerá del producto y del plan contratado.
    Nuestras pólizas cuentan con un detalle del procedimiento para un siniestro, ya que varía dependiendo de la Compañía Aseguradora y del producto y plan contratado.

    El procedimiento general consiste en que, una vez ocurrido el accidente, el asegurado o los beneficiarios deberán dar aviso al corredor de seguros o directamente a la compañía, entregando todos los antecedentes necesarios para que un liquidador evalúe el siniestro. En caso de ser requerido, el liquidador podría solicitar más antecedentes.

    Una vez recolectada toda la información, el liquidador emitirá un Informe con la evaluación del accidente y la liquidación en caso de ser aprobada.

    Para todo este proceso, el liquidador tiene un plazo de 45 días desde la fecha del denuncio, pudiendo si lo requiere solicitar un aplazamiento.
    Es un contrato entre una compañía de seguros y una persona natural o empresa, que reembolsa a él o los asegurados gastos médicos, clínicos, farmacéuticos, de hospitalización u otros.
    El seguro se activa cuando el asegurado incurre en algún gasto médico.
    Es un apoyo económico para ti, tu familia o colaboradores frente a problemas de salud.

    Ayudará económicamente, frente a accidentes o enfermedades de alto costo.
    Para todos los seguros el titular debe ser mayor de 18 años.
    La edad máxima y otros requisitos, depende del tipo de seguro y plan contratado.
    Las coberturas dependerán del tipo de seguro y plan contratado, sin embargo, la mayoría incluye la indemnización o reembolso de un porcentaje de los gastos de salud incurridos.
    Seguro Complementario: sí cubre.

    Seguro Catastrófico: 50% de cobertura en el extranjero, siempre y cuando los gastos estén cubiertos por la Isapre o Fonasa.

    Seguro Oncológico: cubre frente al diagnóstico.

    Seguro de Renta Hospitalaria: no cubre.

    Seguro Dental: ofrece servicio odontológico en Argentina, Colombia, Perú, Ecuador y Venezuela.
    Es un seguro que incluye asistencia en viajes para el titular y sus acompañantes.

    La Compañía Aseguradora pagará una cantidad de dinero previamente definida a quien quede asignado como beneficiario del seguro, en caso de muerte accidental del asegurado mientras este en el extranjero.
    Con un Seguro de Viajes tendrás la seguridad de estar cubierto en caso de fallecimiento, además del respaldo y la tranquilidad de contar con una empresa de asistencia, que en caso de ocurrir algún imprevisto te entregará toda la ayuda posible y para que tu viaje sea una experiencia inolvidable.

    No dejes que nada lo arruine… contrata tu Seguro de Viajes.
    Además de cobertura por muerte accidental, nuestros seguros cuentan con asistencias en viajes solo para el asegurado titular, entre las cuales destacan:

    -Asistencia médica en caso de enfermedad o accidente
    -Asistencia en caso de extravío de documentos
    -Compensación por pérdida de equipaje
    -Localización de equipaje extraviado
    -Asistencia legal
    Y más…
    Edad mínima de 18 años para la contratación del seguro. También existe una edad máxima de ingreso que va a depender de la compañía y el producto contratado.

    Adicionalmente, los seguros sólo pueden ser contratados por ciudadanos chilenos y debe ser contratado en territorio nacional.
    La asistencia de todos nuestros Seguros de Viajes cubren gastos médicos derivados del coronavirus. Solo en la asistencia de los Seguros de Viajes de Chubb cubre, además, los gastos de hotel por convalecencia, con un tope de USD 500.
    Todas nuestras compañías trabajan con una empresa de asistencia, con la que te debes contactar en caso de querer hacer uso de tus asistencias.

    Todos los contratos cuentan con un detalle de procedimiento, el que varía dependiendo de la Compañía Aseguradora y del producto. ¡No olvides leer tu seguro!
    En caso de muerte accidental durante la vigencia del seguro, el heredero o beneficiario asignado deberá dar aviso al corredor o a la compañía con la que se contrató el seguro, entregando todos los antecedentes necesarios.
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